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Expensas Ordinarias vs Extraordinarias en Argentina: Quién Debe Pagar Cada Una según la Ley y el DNU 70/2023

Expensas Ordinarias vs Extraordinarias en Argentina: Quién Debe Pagar Cada Una según la Ley y el DNU 70/2023

Puntos clave de esta guía:

  • El inquilino solo debe pagar las expensas comunes ordinarias derivadas del uso y goce del edificio (mantenimiento habitual, sueldo de encargado, limpieza).
  • El propietario debe pagar las expensas extraordinarias (obras estructurales, pintura integral de frente, modernización de ascensores, fondos de reserva).
  • Si el administrador no discrimina las expensas en la liquidación, el inquilino puede solicitar el desglose antes de pagar o deducir el gasto.
  • Podés calcular la incidencia de estos gastos con nuestra calculadora de gastos de alquiler.

El momento en que llega la liquidación mensual de expensas suele ser uno de los puntos de mayor fricción entre locatarios y propietarios. En consorcios con administraciones poco transparentes, es común que se mezclen arreglos estructurales con el mantenimiento diario del edificio.

En este artículo detallamos qué conceptos corresponden legalmente al inquilino y cuáles debe asumir el propietario para mantener la equidad del contrato.

1. El principio rector del Código Civil y Comercial

El criterio jurídico fundamental se basa en la naturaleza del gasto:

  • Expensas Ordinarias: Son aquellas destinadas a solventar los servicios y gastos habituales de mantenimiento y conservación de las partes comunes para el goce diario de los habitantes (limpieza, luz de pasillos, abono de ascensor, sueldo del encargado). Corresponden al inquilino.
  • Expensas Extraordinarias: Son aquellas erogaciones dispuestas por asamblea para realizar mejoras edilicias, reparaciones mayores no habituales o incremento del valor patrimonial del inmueble (cambio de cañerías troncales, pintura de fachadas, modernización del hall de entrada, indemnizaciones por despido). Corresponden al propietario.

2. Tabla comparativa: 20 gastos de consorcio clasificados

Concepto del Gasto Tipo de Expensa ¿Quién debe pagar?
Sueldo y cargas sociales del encargado Ordinaria habitual Inquilino
Electricidad, agua e internet de partes comunes Ordinaria habitual Inquilino
Abono mensual de mantenimiento de ascensor Ordinaria habitual Inquilino
Pintura general de la fachada del edificio Extraordinaria Propietario
Recambio del motor o cabina del ascensor Extraordinaria Propietario
Fondo de reserva del consorcio Extraordinaria / Capitalización Propietario
Indemnización por despido del encargado Extraordinaria Propietario
Impermeabilización de medianeras o terraza Extraordinaria Propietario

3. ¿Quién paga el fondo de reserva del consorcio?

El fondo de reserva es un ahorro patrimonial acumulado por el consorcio para afrontar contingencias futuras o imprevistos de gran envergadura. Como este fondo incrementa el activo y patrimonio del propietario y no se consume mes a mes en el uso corriente de la vivienda, su aporte corresponde inequívocamente al titular dominial.

4. Qué hacer si la liquidación viene sin discriminar

Si la administración liquida todo bajo un único renglón sin desglose, el inquilino tiene derecho a solicitar por escrito la planilla detallada de gastos antes de realizar el pago o bien descontar los rubros extraordinarios transfiriendo la porción ordinaria neta.

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